En esta ocasión dirijo el objetivo de mi cámara hacia Granadilla
(antiguo señorío de Granada) una villa amurallada de origen feudal en el
noroeste de la provincia de Cáceres, España, incluida a partir de los años 60
en el municipio de Zarza de Granadilla, pero que anteriormente fue cabeza de
partido y capital de la comarca Tierras de Granadilla.
Fue desalojada a mediados del siglo XX al transformarse en
zona inundable debido a la construcción del Embalse de Gabriel y Galán.
La expropiación se inició con el Decreto 27 de enero de 1950
por el que se declaran de urgencia las obras del "Pantano de Gabriel y
Galán (Cáceres)". Este Decreto, firmado por Francisco Franco y por José
María Fernández-Ladreda y Menéndez-Valdés, Ministro de Obras Públicas, dice que
las obras del "Pantano de Gabriel y Galán" fueron declaradas de
absoluta necesidad nacional por Orden ministerial de 4 de abril de 1946 y que
para su más rápida ejecución es conveniente que se le aplique el procedimiento
de urgencia en la expropiación forzosa que prevé la Ley de 7 de octubre de
1939. Con esto se pretendía abreviar los trámites para que el Estado pudiese
disponer de los terrenos. El proyecto del Pantano fue aprobado por Orden
ministerial de 3 de mayo de 1952, con una capacidad prevista de 924 millones de
metros cúbicos. Sin embargo, una nueva Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, entró en vigor cuando aún no se había iniciado el expediente
de expropiación. Por ello, el Consejo de Ministros acordó el 24 de junio de
1955 que la expropiación de Granadilla se tramitase por el procedimiento
previsto en esta última Ley.
El 22 de octubre de 1964, los vecinos de Granadilla que aún
permanecían en el pueblo recibieron un escrito de la Confederación Hidrográfica
del Tajo, firmado por el ingeniero encargado, mediante el que se les comunicaba
que antes del día 5 de noviembre de 1964 deberían desalojar totalmente los
inmuebles pertenecientes a la C.H.T. y proceder a la inmediata salida del
pueblo.
La expropiación del término municipal de Granadilla ha
sufrido gran número de vicisitudes tanto en la vía judicial como en la
administrativa. En el ámbito judicial y en las vías civil, penal y
contencioso-administrativa han intervenido los Juzgados de Plasencia, Cáceres y
Madrid, la Audiencia Territorial de Cáceres, la Audiencia Nacional y el
Tribunal Supremo. En la vía administrativa se han efectuado reclamaciones ante
el Sr. Presidente del Gobierno y prácticamente ante todos los Ministerios de
los que orgánicamente ha dependido la Confederación Hidrográfica del Tajo en
los últimos 28 años. Ello explica lo voluminoso del expediente tanto el que
consta en la C.H.T. como en el existente en la antigua Dirección General de
Obras Hidráulicas.
Estos 28 años de reclamaciones y juicios son, hasta la
fecha, el resultado de una expropiación que hoy se percibe como injusta por los
afectados y por la mayoría de los visitantes del pueblo, turistas venidos de
toda España que, tras recorrer la Villa, preguntan: "¿Porqué abandonaron el
pueblo sus habitantes?". Responder esta pregunta implica conocer el drama
humano de la expropiación, y para ello lo mejor es hablar con las personas que
vivieron en Granadilla: "No hemos abandonado el pueblo, nos echaron".
Como hija de Extremeños esto me indigna, pero fueron muchos los pueblos afectados!!! un muy buen reportaje, felicidades me gusto mucho.
ResponderEliminarLa Verdad es que fue por mi afición al misterio por lo que me acerqué hacia tierras extremeñas, más concretamente a las Hurdes, sin embargo sus paisajes y sus gentes me encandilaron de verdad y seguro que serán muchas más veces que vuelva por aquellos parajes, buscando aquellos lugares, me alegra que te guste la entrada un saludo compi.
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