domingo, 5 de enero de 2014

GRANADILLA 1ª parte



En esta ocasión dirijo el objetivo de mi cámara hacia Granadilla (antiguo señorío de Granada) una villa amurallada de origen feudal en el noroeste de la provincia de Cáceres, España, incluida a partir de los años 60 en el municipio de Zarza de Granadilla, pero que anteriormente fue cabeza de partido y capital de la comarca Tierras de Granadilla.

Fue desalojada a mediados del siglo XX al transformarse en zona inundable debido a la construcción del Embalse de Gabriel y Galán.
















La expropiación se inició con el Decreto 27 de enero de 1950 por el que se declaran de urgencia las obras del "Pantano de Gabriel y Galán (Cáceres)". Este Decreto, firmado por Francisco Franco y por José María Fernández-Ladreda y Menéndez-Valdés, Ministro de Obras Públicas, dice que las obras del "Pantano de Gabriel y Galán" fueron declaradas de absoluta necesidad nacional por Orden ministerial de 4 de abril de 1946 y que para su más rápida ejecución es conveniente que se le aplique el procedimiento de urgencia en la expropiación forzosa que prevé la Ley de 7 de octubre de 1939. Con esto se pretendía abreviar los trámites para que el Estado pudiese disponer de los terrenos. El proyecto del Pantano fue aprobado por Orden ministerial de 3 de mayo de 1952, con una capacidad prevista de 924 millones de metros cúbicos. Sin embargo, una nueva Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, entró en vigor cuando aún no se había iniciado el expediente de expropiación. Por ello, el Consejo de Ministros acordó el 24 de junio de 1955 que la expropiación de Granadilla se tramitase por el procedimiento previsto en esta última Ley.










El 22 de octubre de 1964, los vecinos de Granadilla que aún permanecían en el pueblo recibieron un escrito de la Confederación Hidrográfica del Tajo, firmado por el ingeniero encargado, mediante el que se les comunicaba que antes del día 5 de noviembre de 1964 deberían desalojar totalmente los inmuebles pertenecientes a la C.H.T. y proceder a la inmediata salida del pueblo.

La expropiación del término municipal de Granadilla ha sufrido gran número de vicisitudes tanto en la vía judicial como en la administrativa. En el ámbito judicial y en las vías civil, penal y contencioso-administrativa han intervenido los Juzgados de Plasencia, Cáceres y Madrid, la Audiencia Territorial de Cáceres, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. En la vía administrativa se han efectuado reclamaciones ante el Sr. Presidente del Gobierno y prácticamente ante todos los Ministerios de los que orgánicamente ha dependido la Confederación Hidrográfica del Tajo en los últimos 28 años. Ello explica lo voluminoso del expediente tanto el que consta en la C.H.T. como en el existente en la antigua Dirección General de Obras Hidráulicas.







Estos 28 años de reclamaciones y juicios son, hasta la fecha, el resultado de una expropiación que hoy se percibe como injusta por los afectados y por la mayoría de los visitantes del pueblo, turistas venidos de toda España que, tras recorrer la Villa, preguntan: "¿Porqué abandonaron el pueblo sus habitantes?". Responder esta pregunta implica conocer el drama humano de la expropiación, y para ello lo mejor es hablar con las personas que vivieron en Granadilla: "No hemos abandonado el pueblo, nos echaron".